Compulsa de documentos
La compulsa de documentos consiste en el cotejo de una copia con su documento original y ver si es exacta. A la copia se le añade un sello o acreditación que justificará la identidad con el original. La copia compulsada tendrá la misma validez que el original en el procedimiento concreto de que se trate, sin que en ningún caso acredite la autenticidad del documento original.
Por tanto, cuando el ciudadano tenga que presentar en la Administración para el ejercicio de sus derechos y actividades administrativas documentos compulsados o cotejados de documentos originales, las oficinas de registro tienen obligación de realizar el cotejo y compulsa de los mismos y a devolverle de forma inmediata los documentos originales.
Para el ejercicio de este derecho el ciudadano aportará, junto con el documento original, una copia del mismo y la oficina de registro realizará el cotejo de los documentos y copias, comprobando la identidad de sus contenidos, devolverá el documento original al ciudadano y unirá la copia, una vez diligenciada con un sello o acreditación de compulsa, a la solicitud, escrito o comunicación a la que se acompañe para su remisión al destinatario. El sello o acreditación de compulsa expresará la fecha en que se practicó así como la identificación del órgano y de la persona que expiden la copia compulsada.
El Excmo. Ayuntamiento de La Palma del Cdo., modificó a finales de 2.004 su Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por Documento, reduciendo su precio, quedando este como a continuación se detalla:
| CIUDADANO | Nº DE COMPULSAS | PRECIO/COMPULSA |
| Empadronado/a | de 0 a 5 | 0.40 € |
| Empadronado/a | Más de 5 | 0.20 € |
| No Empadronado/a | Todas las compulsas | 0.60 € |